Tienen la obligación de presentar una denuncia sobre hechos punibles de acción penal pública:
• Los funcionarios y empleados públicos que conozcan el hecho en ejercicio de sus funciones;
• Los médicos, farmacéuticos, enfermeros y demás personas que ejerzan cualquier rama de las ciencias médicas, siempre que conozcan el hecho en el ejercicio de su profesión u oficio y que este no haya sido confiado bajo secreto profesional;
• Las personas que, por disposición de la Ley, de la autoridad, o por algún acto jurídico, tengan a su cargo el manejo, la administración, el cuidado o control de bienes o intereses de una institución, entidad o persona, respecto de los hechos punibles cometidos en perjuicio de éste, de la ciudadanía y del patrimonio puesto bajo su cargo o control.
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