lunes, 10 de octubre de 2016

¿Cuándo una persona es considerada víctima?

Cuando se ve afectada directamente por el hecho punible.
 
El cónyuge, conviviente o pariente dentro del cuarto grado de consaguinidad o por adopción, o segundo de afinidad, el representante legal y el heredero testamentario; en los hechos punibles cuyo resultado sea la muerte de la víctima.
 
Los socios, respecto de los hechos punibles que afecten a una sociedad y hayan sido cometidos por quienes la dirigen, administran o controlan, o sus gerentes.

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